miércoles, 11 de agosto de 2010

EL SENADO DIO NUEVAMENTE MEDIA SANCION AL PROGRAMA PROVINCIAL DE CALIDAD ALIMENTARIA

EL SENADO DIO NUEVAMENTE MEDIA SANCION AL PROGRAMA PROVINCIAL DE CALIDAD ALIMENTARIA



La Cámara de Senadores de Santa Fe dio media sanción en su última sesión a un proyecto de los legisladores del PJ Danilo Capitani y Alberto Crosetti donde proponen la creación del "Programa Provincial de Calidad Alimentaria", que formará parte de la estructura de Programas Provinciales existentes en la órbita del Ministerio de Salud.



Esta iniciativa ya había tenido tratamiento durante el presente período parlamentario, pero caducó sin ser aprobado en la Cámara de Diputados.



El texto de la ley dice que “el objetivo general del "Programa Provincial de Calidad Alimentaria" es desarrollar políticas que apunten a corregir y agregar prácticas alimenticias para los distintos sectores de la población en los cuales tenga intervención el Programa, con el objeto de mejorar la nutrición infanto-juvenil y prevenir la aparición de enfermedades propias de la incorrecta alimentación, apuntando a mejorar la salud y calidad de vida de las personas, en especial de aquellas en edad escolar”.



Los senadores pretenden que los Objetivos específicos del Programa sean:



a) Establecer y difundir los conceptos concatenados de dieta, nutrición y prevención de enfermedades crónicas, dentro de un marco de concientización sobre la necesidad de una alimentación sana, especialmente en las distintas etapas de crecimiento, propiciando un óptimo desarrollo infanto-juvenil.

b) Introducir cambios en las actitudes alimenticias de la población para lograr

conductas más saludables.

c) Prevenir la aparición de alteraciones y enfermedades propias de una incorrecta alimentación.

d) Elaborar una base de datos estadísticos que permita el seguimiento epidemiológico de conductas alimentarias y trastornos atribuidos a las mismas.

e) Constituir el Consejo Intersectorial para la aplicación interdisciplinaria e intersectorial del Programa.

f) Coordinar con distintas jurisdicciones o entidades, acciones relativas con el objeto de la presente ley.

g) Organizar seminarios, jornadas, encuentros, talleres, charlas y otros eventos que propicien la discusión y formación en alimentación.



De la misma manera “se establece como autoridad de aplicación de la presente ley al Ministerio de Salud, el cual deberá:

a) Incorporar el Programa creado por el artículo 1º de la presente ley dentro de la órbita de la Dirección de Promoción y Prevención de la Salud; presupuestar los gastos que demande su implementación y propiciar las modificaciones presupuestarias correspondientes.

b) Afectar el personal bajo su dependencia; gestionar la adscripción de personal de otras áreas de la administración para atender las funciones emergentes de la presente ley.

c) Celebrar convenios de colaboración, para la formulación, financiación y desarrollo de programas comunes, con organismos gubernamentales y no gubernamentales, nacionales e internacionales y con otros estados provinciales, a los efectos del mejor cumplimiento de la legislación nacional y provincial”.



Capitani y Crosetti también sostienen en el articulado que “en el ámbito del "Programa Provincial de Calidad Alimentaria" el Consejo Intersectorial, integrado por representantes de los Ministerios de Salud, de Educación, de la Producción y de Desarrollo Social según lo establezca la reglamentación; a cargo de un Director del Programa, el que deberá ser un profesional de la salud con experiencia en la materia. Es función del Consejo Intersectorial llevar adelante, en forma coordinada, el "Programa Provincial de Calidad Alimentaria” y crear “en el ámbito del Consejo Intersectorial, una Comisión Interdisciplinaria, con carácter no vinculante e integrada por representantes de organizaciones no gubernamentales e instituciones científico-técnicas, los que serán convocados por el director del Programa, en la forma y oportunidad que corresponda.

La reglamentación determinará el número de integrantes y duración de sus mandatos”.



Para la financiación del emprendimiento, los legisladores expresan que “los gastos que demande la presente ley se tomarán de:

a) Los créditos que correspondan a la partida presupuestaria del Ministerio de Salud.

b) Los aportes de las distintas áreas gubernamentales provinciales afectadas al

Programa.

c) Los aportes realizados por entidades gubernamentales y no gubernamentales, nacionales e internacionales, relacionadas con el objeto de esta ley”.



FUNDAMENTOS



Entre los fundamentos de la iniciativa, Danilo Capitani y Alberto Crosetti dicen que “el presente proyecto tiene por finalidad abordar la problemática de la alimentación, apuntando a mejorar la salud y calidad de vida de las personas, en especial de aquellas en edad escolar, a través de la creación de un programa específico tendiente a corregir prácticas alimentarias inadecuadas, y propiciar además un cambio cultural importante para mejorar la nutrición infanto-juvenil, previniendo la aparición de enfermedades propias de la incorrecta alimentación”.



“Este Programa de "Calidad Alimentaria", como se le ha designado, formará parte de la estructura de Programas Provinciales y se inserta en la órbita del Ministerio de Salud, que será el órgano de aplicación de esta ley. En este Proyecto se establece un mecanismo de coordinación entre los distintos estamentos del gobierno relacionados con este tema, a través de la creación de un Consejo Intersectorial, integrado por los Ministerios de Salud, Educación, Producción y la Secretaría de Promoción Comunitaria. Se crea además, un órgano de Consulta -Comisión Interdisciplinaria- integrado por organizaciones no gubernamentales e instituciones científicas-técnicas que serán convocadas en tiempo y forma según corresponda” sostienen los senadores del PJ.



“Expertos independientes han preparado para la Organización Mundial de la Salud - OMS- y la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación - FAO -, un informe sobre dieta, nutrición y prevención de enfermedades crónicas, con pruebas científicas sólidas, que contribuyen a la formulación de estrategias en salud” señalan los legisladores peronistas.



“El informe examina las enfermedades cardiovasculares, varios tipos de cáncer, la diabetes, la obesidad, la osteoporosis y las enfermedades dentales, y sugiere que todos los países deben actuar de forma más decidida para evitar estas enfermedades crónicas, fomentando dietas más sanas y la actividad física. En él se destaca que las enfermedades crónicas no son sólo consecuencia de comer en exceso, sino también del desequilibrio de la dieta, y menciona que una elevada ingesta de sal es un factor que favorece la tensión alta arterial, mientras que las grasas saturadas contribuyen a elevar los niveles de colesterol. Por eso resulta trascendente disminuir la ingesta de grasas saturadas, azúcar y sal, y aumentar el consumo de frutas, verduras y cereales.

El informe sugiere que los carbohidratos deberían satisfacer la mayor parte de las necesidades energéticas y representar entre el 55% y el 75% de la ingesta diaria, mientras que loa azúcares refinados simples deberían constituir menos del 10%. Las proteínas deberían aportar entre el 10% y el 15% de las calorías, y la sal debería limitarse a menos de 5 g por día. La ingesta de frutas y hortalizas debería incrementarse hasta alcanzar por lo menos 400g por día” afirman los representantes del PJ.



“Acorde con los planteamientos de estas organizaciones internacionales, presentamos esta normativa que permitirá diseñar estrategias para promover dietas nutritivas y hábitos alimentarios más saludables. En la alimentación incide lo cultural y lo comercial, por lo cual el Programa deberá promover las relaciones de trabajo entre la comunidad y el gobierno, alentando iniciativas que incluyan a las escuelas, y fomentando la participación de la industria alimentaria

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