viernes, 6 de agosto de 2010

EL SENADO DIO MEDIA SANCION Y VUELVE A DIPUTADOS LA LEY DEL CONSEJO PROVINCIAL POR LA SEGURIDAD

La Cámara de Senadores, por iniciativa del bloque del Partido Justicialista, dio media sanción al proyecto de ley de creación del Consejo Provincial por la Seguridad. Siendo el mismo “una instancia de consulta, propuesta y contralor de carácter permanente constituido por personas físicas y por representantes de organizaciones no gubernamentales, organizaciones sindicales, instituciones educativas, fuerzas de seguridad, agencias privadas de seguridad, e integrantes de los Ministerios de Seguridad, Justicia y Derechos Humanos, Desarrollo Social, Educación y Salud con la finalidad de profundizar el estudio de la situación de inseguridad entendida de forma interdisciplinaria y proponer acciones tendientes a disminuirla. Podrán participar como invitados los Presidentes de las Comisiones con incumbencia en materia de Seguridad de la Cámara de Senadores y de la Cámara de Diputados del Poder Legislativo de la Provincia”.


El proyecto de ley volvió en revisión a la Cámara de Diputados, ya que los senadores justicialistas introdujeron al texto original propuesto por el diputado del PJ Alberto Cejas numerosas iniciativas que fueron sugeridas por vecinos autoconvocados, organizaciones sociales y nucleamientos de víctimas de la inseguridad con las que se reunieron en la ciudad de Rosario y en otros encuentros desarrollados en distintos puntos de la provincia con ciudadanos preocupados por la creciente ola de inseguridad.


El texto aprobado dice que “el Consejo Provincial por la Seguridad tiene por objetivos:

1. Promover el abordaje intersectorial y multidisciplinario de los problemas de

seguridad desde una concepción mplia e integral;

2. Contribuir a la mejora de la seguridad mediante la generación de estrategias de

intervención multidimensionales articuladas entre diferentes áreas de gestión que

integren a la comunidad y referentes sociales en las etapas de diseño e

implementación de las mismas;

3. Incentivar la participación comunitaria en materia de seguridad a través de la

generación de acciones que permitan el diálogo con las autoridades estatales, la

elaboración de propuestas de acciones preventivas, del seguimiento y contralor

de esas acciones, el cuidado colectivo del espacio público, entre otras

modalidades”.



También señala que “serán funciones del Consejo Provincial por la Seguridad:

1. Realizar diagnósticos sobre la situación de inseguridad que permitan un aporte

eficiente al conocimiento del fenómeno y al diseño de estrategias de intervención;

2. Evaluar y dar a conocer su opinión acerca de la inseguridad y de las políticas

implementadas al respecto;

3. Plantear nuevas líneas estratégicas de intervención en materia de seguridad

que contemplen la mirada multidisciplinaria y participativa;

4. Proponer acciones concretas diseñadas con el objetivo de mejorar la seguridad

en el ámbito de la Provincia;

5. Generar instancias que mejoren la participación y permitan a la ciudadanía

informarse, capacitarse y proponer intervenciones que contribuyan a la solución

de las problemáticas de seguridad en sus comunidades;

6. Incentivar los espacios de debate y discusión para la revisión y proposición de

transformaciones del marco regulatorio que tenga vinculación con la seguridad

tanto a nivel nacional, provincial o municipal..

7. Promover en el sector educativo y desde los medios de comunicación las

ventajas que para la convivencia social tiene el respeto y cumplimiento de

las normas legales vigentes”.



“La labor del Consejo Provincial por la Seguridad está destinada a

todo el ámbito provincial intentando reflejar esta situación en la pluralidad

de procedencias de sus integrantes” expresa la norma que obtuvo media sanción.



“El Consejo Provincial por la Seguridad funcionará en el ámbito del

Ministerio de Seguridad de la Provincia y propenderá la creación de Consejos de

Seguridad en las ciudades mas importantes de la provincia y en todas las que lo

soliciten por intermedio de su Autoridad Local o Instituciones, a las que le brindará

apoyatura” señala el proyecto que tuvo el voto positivo de los senadores.



Finalmente se dice que “el Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley en un plazo de treinta (30) días a partir de su promulgación”.

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